RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO |
Excmo. Ayuntamiento de Olvera (Cádiz) |
BASE JURÍDICA |
Competencias AAPP |
Art. 6.1.e RGPD. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, en base a Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales; Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español; ley 30/1992 , de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común; Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía y Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a información y buen gobierno, Ley 1/2014 de 24 de junio, Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Art. 6.1.a RGPD. El interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. |
|
FINALIDADES DEL TRATAMIENTO |
Gestión de las solicitudes de consulta de fondos del Archivo |
|
COLECTIVO |
|
CATEGORÍA DE DATOS |
Datos normales y datos de categoría especial: los datos personales incluidos en los expedientes consultados |
|
DESTINATARIOS |
|
TRANSF. INTERNACIONAL |
No están previstas transferencias internacionales de los datos. |
PLAZO DE SUPRESIÓN |
Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y para determinar las posibles responsabilidades que se pudiera derivar de la finalidad, además de los períodos de conservación establecidos por Ley, y los tiempos de conservación definidos en la normativa de archivos y documentación.
|
MEDIDAS SEGURIDAD |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman el Análisis de Riesgos y el Plan de Tratamiento de los Riesgos. Categoría ENS: BAJA |
|